Brasil publica decreto que regula el Marco Legal de Ciencia, Tecnología e Innovación

Martes, 27 Marzo 2018.

El Decreto Federal nº 9.283, del 7 de febrero de 2018, que reguló la Ley Nº 13.243, del 11 de enero de 2016, fue recibido por la comunidad académica y empresarial como "un paso importante" para acercar instituciones científicas y tecnológicas (ICTs)y al sector productivo, con el propósito de aumentar las posibilidades de que el conocimiento llegue a las empresas y aprovechar el desarrollo económico y social.

"El nuevo Marco Legal de Ciencia, Tecnología e Innovación (CTI) reconoce que la ciencia y la tecnología son actividades de riesgo y se centra en los resultados, no en los procedimientos", afirma Helena Nader, ex presidente de la Sociedad Brasileña para el Progreso de la Ciencia (SBPC). "El decreto es relevante, con el mejor formato posible", dice Zaira Turchi, presidente del Consejo de las Fundaciones de Amparo a la Investigación (Confap) y presidente de la Fundación de Amparo a la Investigación de Goiás.

"Los actores del ecosistema de innovación tendrán más seguridad jurídica porque la reglamentación definió orientaciones mínimas para la cooperación entre las ICTs y el sector productivo", comenta Gianna Sagazio, superintendente nacional y directora de Innovación del Instituto Euvaldo Lodi (IEL) de la Confederación Nacional de la Industria (CNI).

"El decreto desburocratiza el ambiente de investigación y, en el ámbito de los estados, tiene interfaz con los pedidos tecnológicos", observa Francilene García, presidenta del Consejo Nacional de Secretarios Estaduales para Asuntos de Ciencia, Tecnología e Innovación (Consecti) y secretaria ejecutiva de Ciencia y Tecnología del Estado de Paraíba. "El nuevo marco legal es el resultado de una creación colectiva, que tardó dos años para ser confeccionada. En la medida en que la Ley nN 13.243 tiene 18 artículos, el decreto que la regula tiene 86, con el objetivo de clarificar y ofrecer seguridad jurídica a los actores del sistema", afirma Alvaro Plata, secretario de Desarrollo Tecnológico e Innovación del Ministerio de Ciencia, Tecnología, Innovaciones y Comunicaciones (MCTIC).

El decreto autoriza, por ejemplo, a las instituciones públicas a ceder directamente a empresas el uso de inmuebles para la instalación de "ambientes promotores de la innovación" -parques tecnológicos, aceleradoras, entre otros-; flexibiliza las reglas de transferencia de tecnología de ICT para el sector privado y permite que las instituciones públicas participen minoritariamente del capital de la empresa, de forma directa o indirecta, por medio de fondos de inversiones constituidos con recursos propios o de terceros, entre otras medidas. "Si una universidad tiene determinada tecnología, puede entrar como socia de un emprendimiento dispuesto a llevarla al mercado", ejemplifica Jorge Campagnolo, director del Departamento de Políticas y Programas de Apoyo a la Innovación del MCTIC.

También amplía mecanismos de subvención a micro, pequeña y mediana empresas, implantando, entre otras medidas, el bono tecnológico, destinado al pago de contratación de servicios tecnológicos; además de autorizar que la subvención económica pueda ser utilizada por las empresas tanto para el financiamiento de actividades de investigación como para gastos de capital. "Algunos obstáculos fueron solucionados por el marco legal y ratificados por la reglamentación", afirma la directora de Innovación del IEL / CNI, citando la posibilidad de que el Estado contrate directamente ICTs o empresas para la realización de actividades de investigación, desarrollo e innovación.

Órganos de control

El secretario de Desarrollo Tecnológico e Innovación del MCTIC adelanta que una serie de medidas está en curso para dar soporte al nuevo Marco Legal de CTI, involucrando a los ministerios de Hacienda y Desarrollo, Planificación y Gestión. Hay una guía también para los sectores industriales, involucrando a la CNI, Movimiento Empresarial por la Innovación (MEI) y la Asociación Nacional de Investigación y Desarrollo de las Empresas Innovadoras (Anpei). "La industria necesita saber que puede hacer alianzas con las TIC, crear startups públicas y privadas", ejemplifica Plata. "El sector empresarial necesita percibir la dimensión dada por el decreto."

La recomendación vale para las TIC, que, según él, necesitan saber que pueden invitar a las empresas a compartir espacio público y a los investigadores que "tienen que tener conocimiento de que pueden transferir gastos de costeo a capital" en porcentaje correspondiente al 20% del valor contratado sin autorización del cedente.

La especificidad de la CTI

Helena Nader - que, a lo largo de tres mandatos (2011-2017) al frente de la SBPC, participó activamente en las negociaciones para el establecimiento del nuevo marco legal - reconoce que los avances de la legislación traducen un nuevo entendimiento de la "especificidad" de las actividades de CTI. "El punto crucial es el reconocimiento de que se trata de actividades diferentes de cualquier otra: implican riesgo y por lo tanto exigen una evaluación diferente de resultados", dijo. "La Ley reunió orientaciones hasta entonces dispersas, con la perspectiva de que CTI implica riesgo y es diferente, por ejemplo, de la construcción de una carretera", comparó la ex presidenta de la SBPC. "El Decreto Nº 9.283, al reglamentar la Ley de 2016, entre otras leyes, lo refleja.

De acuerdo con la presidenta del Consitec, Francilene García, la nueva legislación define claramente el concepto de ecosistema y entiende que el flujo de iniciativas en CTI necesita una pista diferente. "Experimentos con organismos vivos para el desarrollo de vacunas, por ejemplo, no deben seguir las mismas reglas utilizadas para la importación de commodities", dijo.

Carlos Américo Pacheco, director-presidente del Consejo Técnico-Administrativo de la FAPESP, observa que la preocupación por los recursos para la CTI es, en general, el foco de atención, ya que son esenciales, "aún más en los días de hoy". Pero subraya que "el ambiente institucional es un aspecto central de cualquier sistema de innovación. El ejemplo norteamericano revela esto con claridad, en el fomento de las asociaciones y la comercialización de los resultados de la investigación, o en la naturaleza privada no lucrativa de sus mejores universidades y laboratorios. La Ley Francesa de innovación es otro ejemplo. Todo esto inspiró innovaciones institucionales por todo el mundo. Y continúa: "En 2001, en la Conferencia Nacional de CTI hicimos una primera discusión organizada de esta cuestión y debatimos la primera versión de la Ley de Innovación que finalmente fue aprobada en 2004. Ahora damos un paso más importante para modernizar nuestro sistema de innovación. Lo fundamental de aquí en adelante será ejercitar las posibilidades abiertas por el nuevo Marco Legal. Estas cosas no son automáticas. En la evaluación de Pacheco, el Marco Legal crea "posibilidades" que tienen que ser puestas en prácticas por los actores y que necesitan ser fomentadas por las agencias. "Con el tiempo vamos a poder probar estas nuevas soluciones, probarlas y verificar su eficacia. Y tener siempre en mente que esto es una construcción, que de vez en cuando tiene que ser revisada. Lo esencial es ir adelante".

Marcos regulatorios estatales

El nuevo marco legal de la investigación científica y tecnológica e innovación está en la pauta de la próxima reunión del Confap, del 7 al 9 de marzo, en Santa Catarina. "Vamos a discutir los desdoblamientos de la legislación en los estados, afirma Turchi. "Con excepción de San Pablo y Minas Gerais, que ya revisan sus marcos regulatorios a la luz de la Ley 13.243, los marcos regulatorios de los demás tendrán que ser revisados", afirma la presidenta del Consejo de las FAP. "En gran parte de los estados, la ley de innovación necesita ser actualizada y, en algunos de ellos, necesita ser creada, incorporando aspectos del nuevo marco legal", añade la presidenta del Consecti, Francilene García, que, junto con el Confap, actúa para su aplicación en todo el territorio nacional.

"El decreto abre innumerables posibilidades que necesitan ser implementadas", reitera Plata. "Los estados más conservadores serán presionados por las instituciones para que avancen utilizando el decreto. De la misma manera que fueron forzados a crear FAPs y las Secretarías de Ciencia y Tecnología, serán llevados a utilizar elementos del nuevo marco legal para hacer avanzar la CTI ", él prevé.

Las actividades de CTI en San Pablo fueron reguladas por el Decreto Nº 62.817, de 4 de septiembre de 2017. El texto fue elaborado por un grupo de trabajo formado por 14 especialistas y representantes de las Instituciones Científicas y Tecnológicas del Estado (ICTESPs), entre un representante de la FAPESP, el director administrativo Fernando Menezes, que participó en la condición de miembro designado. "El decreto paulista ya prevé el gasto de licitación para la compra de insumos para proyectos de investigación científica y tecnológica y la posibilidad de que las universidades e instituciones de investigación compartan el uso de laboratorios, equipos y demás instalaciones con empresas para la realización de investigación", afirma Menezes. La legislación paulista también proporciona mayor seguridad jurídica a los investigadores de instituciones de investigación del estado al establecer alianzas de I+D con el sector privado. Permite, por ejemplo, que los investigadores tengan participación en las ganancias económicas de los licenciamientos de tecnologías y que tengan la posibilidad de licenciarse para constituir empresas o prestar asesoramiento técnico-científico, por ejemplo. El decreto paulista contempla, además, la internacionalización de las TIC públicas que están autorizadas a realizar actividades, a asignar recursos humanos y enviar equipos al exterior, entre otras iniciativas.

Tomado de la Agencia FAPESP http://agencia.fapesp.br/marco_legal_da_inovacao_estreita_relacao_entre_instituicoes_cientificas_e_empresas/27239/

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